
- El Gobierno Nacional expidió la Ley 2220 del 30 de junio de 2022.
Finalizado el mes de junio de éste año, comenzó a regir en Colombia un nuevo Estatuto de Conciliación.
El ordenamiento jurídico en materia de conciliación, deroga la Ley 640 de 2001 y además crea el Sistema Nacional de Conciliación.
Las conciliaciones podrán ser virtuales, presenciales o mixtas. Para el caso de las conciliaciones virtuales, dentro del año siguiente a la entrada en vigencia de la ley los centros de conciliación y autoridades con funciones conciliatorias deberán adoptar el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) para garantizar la prestación del servicio de manera digital o electrónica, dando cumplimiento a los lineamientos y estándares dados por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic).
Dentro de las novedades que trae esta Ley, está la posibilidad de que las personas jurídicas sin ánimo de lucro, las notarías, las entidades públicas y los consultorios jurídicos de las universidades, podrán crear centros de conciliación, previa autorización del Ministerio de Justicia y del Derecho.
Las conciliaciones se regirán por los principios de autocomposición, garantía de acceso a la justicia, celeridad, confidencialidad, informalidad, economía, seguridad jurídica, neutralidad e imparcialidad, presunción de buena fe, entre otros.
Consulte aquí el texto de la Ley 2220 de 2022 https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202220%20DEL%2030%20DE%20JUNIO%20DE%202022.pdf
